SI VENDES O ALQUILAS UN INMUEBLE
Vas a necesitar el certificado de eficiencia energética, él cual es obligatorio desde el 1 de Junio de 2013, para todas las viviendas o locales que se pongan en venta o alquiler con la entrada en vigor del Real Decreto sobre Certificación Energética de Edificios Existentes.
¿QUÉ INDICA ESTE CERTIFICADO?
analiza la demanda y el consumo energético de un inmueble y su resultado se resume en una etiqueta muy similar a la que ya estamos acostumbrados a ver en los electrodomésticos. Con un código de color, clasificará las viviendas según una escala que va de la categoría más alta, la “A” (menor consumo), a la más baja, la “G” (mayor consumo).
¿DÓNDE SE MOSTRARÁ ESTE CERTIFICADO?
debe aparecer en cualquier anuncio o proceso publicitario de venta o alquiler junto al resto de la información del inmueble. Además se entregará el original al comprador en caso de contrato de compraventa y se mostrará o entregará copia al inquilino en caso de contrato de arrendamiento.
¿QUÉ INMUEBLES DEBEN OBTENER EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
Todos aquellos inmuebles en venta o alquiler. Si tu inmueble fue construido con posterioridad a noviembre 2007, ya debería tener su certificado energético, ya que desde esa fecha todo edificio de nueva construcción incluye el certificado energético en el proyecto. Es de carácter obligatorio a partir del 1 de Junio de 2013.
¿QUÉ VALIDEZ TIENE?
una validez de 10 años, tras los cuales si el inmueble fuese de nuevo objeto de venta o alquiler debería certificarse de nuevo.
¿CÓMO SE REALIZA ESTE CERTIFCADO?
Un técnico habilitado y cualificado debe visitar el inmueble y tomar los datos necesarios para emitir el certificado y firmarlo. En el informe el técnico incluirá a modo informativo las posibles mejoras que podrían hacer mejorar la calificación de la vivienda. Desde INITECO PROYECTOS INGENIERIA S.L. en aras de proporcionar un servicio integral a todos nuestros clientes contamos con los medios y cualificación necesaria para la elaboración de este tipo de certificados y estamos abiertos a cualquier tipo de duda o consulta que pueda surgirles referente a este tema.
POR QUÉ ESTE REAL DECRETO
ya se aplica en el resto de los países de la Unión. España va con retraso en la aplicación de esta normativa cuyo objetivo es reducir las emisiones de CO2 a la atmósfera. En España ya es obligatoria la certificación energética para edificios de nueva construcción desde 2007. Con este Real Decreto se da un paso más incluyendo las viviendas y locales existentes que vayan a ser objeto de venta o alquiler.
NO HACE FALTA CUMPLIR UNA MÍNIMA CALIFICACIÓN
Es de esperar que una buena calificación suponga un valor añadido al inmueble.